Primera cancelación de deuda de Menorca mediante la Ley de Segunda Oportunidad

/COMUNICAE/

Divorciada y con una hija a su cargo, acudió al despacho de abogados Repara tu Deuda hace 2 años
Tengo una oportunidad para volver a empezar sin deudas y haciendo las cosas bien

Por primera vez en Menorca, Mahon (Islas Baleares), se ha concedido Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) o, lo que es lo mismo, cancelación de deuda, mediante la Ley de Segunda Oportunidad. Es el caso de CM, quien tenía una deuda de 30.086 €contraída con 6 entidades bancarias.

CM, divorciada y con una hija a su cargo, acudió al despacho de abogados Repara tu Deuda, primera compañía que aplica la Ley de Segunda Oportunidad en España, porque ya no podía hacer frente a su deuda y ahora ha quedado libre de ella. “Gracias a los abogados de Repara tu Deuda– relata CM con lágrimas de alegría en sus ojos – tengo una oportunidad para volver a empezar sin deudas y haciendo las cosas bien”.

“Existen muchos casos como los de CM-explican los abogados de Repara tu Deuda– no son personas derrochadoras, simplemente tienen salarios bajos, poco más de 1.000 € en este caso, piden préstamos para salir adelante y de repente se ven ahogados sin saber qué dirección tomar”. “Por eso-añaden- consideramos que es primordial que esta ley se dé a conocer ya que, aunque entró en vigor en España hace 4 años, aún es desconocida por muchas personas”.

Desde que puso en marcha su actividad en 2015, mismo año que entró en vigor la Ley de Segunda Oportunidad en España, Repara tu Deuda ha ayudado a tramitar el proceso a más de 6.000 personas. De los 7.540 casos en España, Repara tu deuda ha gestionado más del 89%, consiguiendo un 100% de éxito en casos finalizados. En países europeos como Italia, Alemania o Francia, en los que existen mecanismos de segunda oportunidad desde hace más de 7 años, se están realizando aproximadamente entre 100.000 y 180.000 casos al año.

La Ley de la Segunda Oportunidad permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente han actuado de buena fe e intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a diez años o pagarla mediante la cesión de bienes. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores y solicitar ante el tribunal la exoneración de la deuda.

Fuente Comunicae

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